Vragen en antwoorden Een vraag stellen Alle vragen bekijken (1)
¿Cómo saber si tengo derecho al bono social?
Bono social eléctrico con descuentos del 80% – Las condiciones de acceso a él están reguladas por la disposición final vigésima tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, para vulnerables severos:
Si el titular del contrato tiene el título de familia numerosa y la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 16.212,56 euros (2 IPREM).Si la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 8.106,28 (1 IPREM) y todos los miembros con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros. Si vives solo y tu renta anual no supera los 6.079,71 euros (0,75 IPREM). Si no vives solo, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 1.215,94 euros (0,15 IPREM) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 2.026,57 euros (0,25 IPREM) por cada miembro menor de edad.Además, el límite de ingresos aumentará en otros 4.053,14 euros (0,5 IPREM) si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o terrorismo, está en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
Conforme a los criterios de
¿Quién tiene derecho al bono social de la luz?
Medidas temporales del Gobierno para ayudar a los consumidores vulnerables El Gobierno ha ampliado las ayudas del bono social para proteger a los consumidores vulnerables. Estas medidas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando se espera que se rebaje la tendencia alcista del mercado eléctrico español.
- Las medidas son: Aumento del descuento en la factura : del 25% al 65% para consumidores vulnerables y del 40% al 80% para consumidores vulnerables severos.
- Aumento en la ayuda del bono social térmico : la ayuda mínima en el bono social térmico pasa de 25€ a 40€,
- Cheque de ayuda térmico : bono de 90€ por familia receptora del bono social térmico, disponible a partir de diciembre.
Nuevo bono social : hasta un 40% de ahorro en la factura de la luz para los nuevos consumidores vulnerables afectados por la crisis energética, El Gobierno ha ampliado de 4 a 10 meses el plazo para el corte de luz por impago a los usuarios acogidas al Bono Social.
- La persona solicitante debe ser el titular del contrato de luz.
- Debe tener contratada la tarifa regulada de la luz, también conocida como PVPC.
- Dicha tarifa solo puede contratarse con las denominadas Comercializadoras de Referencia,
- Contar con una potencia eléctrica contratada igual o inferior a 10 kW.
- El bono social solo se puede solicitar para la vivienda habitual de la familia, no para segundas residencias.
- Cumplir con los requisitos económicos marcados por el IPREM (actualmente es de 8.106,28 €)
La ayuda económica que se recibe con el bono social eléctrico depende de la unidad familiar y del nivel de renta anual, marcado por el IPREM, En función de estas condiciones, una familia puede ser considerada como consumidor vulnerable, consumidor vulnerable severo o consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
La unidad familiar puede estar compuesta por una persona sola, parejas sin hijos o personas con mayores a su cargo. Además, se incluyen una serie de situaciones especiales que permiten beneficiarse de un margen de renta admisible mayor. En caso de no cumplir los requisitos para recibir el bono social eléctrico, puedes consultar la comparativa de las compañías de luz más baratas,
Consumidores vulnerables
Tipo de familia | Situación general | Situación especial |
---|---|---|
Personas o parejas sin hijos | ≤ 1,5 IPREM: 12.600 €/año | ≤ 2,5 IPREM: 21.000 €/año |
Familias con un menor en casa | ≤ 2 IPREM: 16.800 €/año | ≤ 3 IPREM: 25.200 €/año |
Familias con dos menores | ≤ 2,5 IPREM: 21.000 €/año | ≤ 3,5 IPREM: 29.400 €/año |
Familias numerosas | Independientemente de la renta | Independientemente de la renta |
Pensionistas con prestaciones mínimas | Independientemente de la renta | Independientemente de la renta |
Consumidores vulnerables severos
Tipo de familia | Situación general | Situación especial |
---|---|---|
Personas o parejas sin hijos | ≤ 0,75 IPREM: 6.300 €/año | ≤ 1,25 IPREM: 10.500 €/año |
Familias con un menor en casa | ≤ 1 IPREM: 8.400 €/año | ≤ 1,5 IPREM: 12.600 €/año |
Familias con dos menores | ≤ 1,25 IPREM: 10.500 €/año | ≤ 1,75 IPREM: 14.700 €/año |
Familias numerosas | – | ≤ 2 IPREM: 16.800 €/año |
Pensionistas con prestaciones mínimas | 8.400 €/año | 8.400 €/año |
Consumidores en riesgo de exclusión Los consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social son aquellos que cumplen los requisitos para ser considerados consumidores vulnerables. Además, son atendidos por los servicios sociales de la Administración Pública, que financian al menos el 50% del importe de la factura,
Requisitos especiales del bono social eléctrico ▷ Pertenecen al grupo de situación especial aquellas personas que han sido víctimas de violencia de género, de terrorismo o que tengan en la unidad familiar miembros con una discapacidad igual o superior al 33% o una dependencia reconocida de grado II o III.
▷ No se podrá cortar el suministro a las personas en riesgo de exclusión y en situación especial. ▷ Los pensionistas con pensión mínima podrán recibir otras ayudas anuales que no superen los 500€ ¿Quieres saber cuál es la alternativa más económica al bono social? En Selectra te asesoramos gratis y sin compromiso. ¡Llámanos!
¿Quieres saber cuál es la alternativa más económica al bono social? En Selectra te asesoramos gratis y sin compromiso. Para recibir el bono social eléctrico es necesario aportar a la compañía una serie de documentos que demuestren que se cumplen los requisitos para obtener esta ayuda económica.
- Documentación necesaria para pedir el Bono Social
- DNI del titular del contrato, que es quien solicita la ayuda
- DNI de los menores que tengan más de 14 años
- Certificado de empadronamiento en la vivienda de todos los miembros de la unidad familiar
- Libro de familia
- Título de Familia Numerosa, si existe esta condición
- Certificado expedido por la Seguridad Social si se percibe una pensión mínima
- Certificado de los servicios sociales cuando se apliquen situaciones especiales
Para solicitar el bono social de luz se debe contactar con alguna de las comercializadoras de referencia, que operan en el mercado regulado ofreciendo la tarifa PVPC, y seguir los siguientes pasos: Rellenar la solicitud de bono social de la comercializadora regulada Adjuntar toda la documentación requerida según el tipo de consumidor vulnerable Enviar la solicitud por los canales indicados por la compañía (correo electrónico, correo ordinario o de forma presencial) Esperar a la resolución de la comercializadora, que deberá ser de un máximo de 10 días hábiles desde que recibe la solicitud El bono social tiene una duración de dos años, a excepción de las familias numerosas, que lo reciben siempre y cuando mantengan dicho título.
Las comercializadoras están obligadas a informar a los clientes de que el bono social está próximo a caducar. Para renovar esta ayuda social será necesario volver a rellenar la solicitud de la compañía y volver a adjuntar toda la documentación requerida. Las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno cambian la normativa y las comercializadoras de referencia deben renovar de forma automática el bono social a todos aquellos usuarios que siguen cumpliendo los requisitos.
¿Se puede perder el bono social? Para beneficiarse del descuento del bono social es necesario cumplir las condiciones de su aplicación. Así, es posible perder el bono social si :
- Se dejan de cumplir las condiciones para acceder a la ayuda
- Se produce un cambio de vivienda. En este caso, habrá que volver a solicitarlo
El bono social de luz se aplica al total de la factura, aunque existe un límite de consumo de energía anual (kWh consumidos). La electricidad que se consuma por encima de ese límite se cobrará al precio de la tarifa PVPC sin descuento.
Situación familiar | Consumo mensual | Consumo anual |
---|---|---|
Familia sin hijos | 132,25 kWh | 1.587 kWh |
Familias con un menor | 185,16 kWh | 2.222 kWh |
Familias con dos menores | 224,83 kWh | 2.698 kWh |
Familias numerosas | 396,75 kWh | 4.761 kWh |
Pensionistas | 160 kWh | 1.932 kWh |
En esta tabla se incluye tanto la parte de energía subvencionada como la parte que está por encima del límite, que simplemente se factura al precio normal del PVPC sin descuento. El descuento del bono social se aplica sobre la potencia contratada y la energía consumida.
Precio por la potencia | Precio por la energía consumida | Total sin descuento | Precio con 25% descuento | Precio con 40% descuento |
---|---|---|---|---|
15.79 € | 60.44 € | 76.23 € | 57.18 € | 45.74 € |
El importe se ha calculado teniendo en cuenta los precios medios del PVPC en 2019, Consulta si es más rentable la tarifa regulada o libre para ahorrar cada mes en las facturas del hogar. El nuevo bono social permitirá ahorrar un 40% en la factura de la luz, pero solo estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023,
A raíz del Plan Más Seguridad Energética (+SE), el Gobierno ha creado una nueva figura de consumidor vulnerable y, por consiguiente, un nuevo bono social de luz para facilitar el pago de las facturas en los hogares «con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética». El artículo 10 del Real Decreto-ley 18/2022 establece tres condiciones para poder acogerse a este nuevo bono social, basadas todas ellas en el IPREM (Indicador Público de Renta de Efecto Múltiples) de 14 pagas, que en 2022 está en 8.106,28 euros.
¿Quién puede solicitar al nuevo bono social de luz? Si se vive solo : la renta anual no puede superar los 16.212,56 euros (2 veces el IPREM de 14 pagas) y debe estar por encima de 12.159,42 euros (1,5 veces IPREM de 14 pagas). Si se está por debajo de este último umbral, es posible acogerse al bono social de luz habitual.
Si no se vive solo : el límite de ingresos en la unidad familiar aumenta en 2.431,88 euros (0,3 veces el IPREM de 14 pagas) por cada miembro mayor de edad y en 4.053,14 euros (0,5 veces el IPREM de 14 pagas) por cada menor de edad. Unidad familiar con un miembro con discapacidad : el límite de ingresos, a su vez, se verá incrementado en 4.053,14 euros (0,5 veces el IPREM de 14 pagas) si alguno de sus miembros acredita una discapacidad certificada igual o superior al 33%, es víctima de violencia de genéro o víctima de terrorismo.
Con este bono energético no aplica la concesión automática del bono social térmico. El bono social para las familias numerosas cuenta con unas condiciones diferentes al resto de grupos vulnerables que pueden recibir esta ayuda. Así pues, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- No existe renta mínima para las familias dentro del grupo de consumidores vulnerables
- Las familias numerosas del grupo de consumidores vulnerables severos no podrán superar unos ingresos de 16.212,56 € al año
- Tienen un límite de consumo mensual de 345 kWh
- No tienen que renovar el bono social, lo mantendrán siempre que tengan el título de familia numerosa
El bono social para pensionistas en 2023 está destinado a aquellas personas jubiladas o con una incapacidad permanente que son considerados consumidores vulnerables por los ingresos percibidos. Así pues, las principales condiciones de esta ayuda son las siguientes:
- Los pensionistas vulnerables cobran la pensión y otras ayudas, hasta un máximo de 500 €/año
- Los pensionistas vulnerables severos cobran el IPREM base fijado : 8.106,28 € anuales
- El límite de consumo fijado es de 1.932 kWh al año
- El bono social de los pensionistas caduca cada dos años
Todos los pensionistas que tuvieran el bono social por otro tipo de prestaciones (como viudedad o la no contributiva) dejaron de percibir la ayuda por este motivo. En este caso, estos usuarios pueden recibir el bono social por la categoría general para que su solicitud sea admitida en función de su nivel de renta anual.
El Bono Social por discapacidad, como tal, no existe. No obstante, se considera situación especial el hecho de que el titular del contrato de luz o uno de los miembros de su unidad familiar cuente con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, Esto permite a estas familias beneficiarse de un umbral de renta más amplio para facilitar su acceso a la ayuda cuando existen dificultades añadidas.
En caso de que se quiera solicitar el Bono Social con discapacidad, será necesario aportar el certificado de los servicios sociales que acredite el cumplimiento de esta condición, aunque no será necesario que sea nominativo. Actualmente, existen ocho comercializadoras de referencia con las cuales se puede pedir el bono social eléctrico.
- Energía XXI (Comercializadora de Referencia de Endesa)
- Curenergía (Comercializadora de Referencia de Iberdrola)
- Gas & Power (Comercializadora de Referencia de Naturgy)
- Baser (Comercializadora de Referencia de TotalEnergies)
- Régsiti (Comercializadora de Referencia de Repsol)
- COR Energético (Comercializadora de Referencia de CHC)
- Teramelcor (Melilla)
- Energía XXI Ceuta
El bono social de electricidad protege a los consumidores vulnerables ante cortes de suministro en los siguientes casos:
- El beneficiario es consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social
- En la vivienda hay menores de 16 años
- En la vivienda hay algún miembro con en situación de dependencia reconocida de grado II ó III
- En la vivienda hay algún miembro con una discapacidad reconocida de al menos el 33%
Para fijar los límites económicos del bono social eléctrico se tiene en cuenta el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, situado en 2022 en 8.106,28 €, Para saber si se está dentro de los parámetros, se deberá tener en cuenta la renta anual de la última declaración de la renta presentada por el solicitante y los miembros de la unidad familiar fiscal (hijos, amigos y otros familiares no se tienen en cuenta).
¿Cómo funciona el Bono social?
Bono Social de Electricidad El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica.
- De un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los establecidos. No obstante, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento será del 65%. De un 40% para consumidores vulnerables severos que cumplan los establecidos. No obstante, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento será del 80%.
- Si además se es un consumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
- El artículo 10 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, recoge la aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética hasta el 31 de diciembre de 2023, a los que les corresponde la aplicación de un descuento del 40% sobre el PVPC.
- COVID 19: Nuevos beneficiarios. Serán considerados consumidores vulnerables:
- En situación de desempleo,
- Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE),
- En caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
- El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
- Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW,
- El PVPC se contrata con las,
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
- O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa,
- O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros,
- O bien que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Percibir una renta anual ≤ 50% de los, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».
- Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.212,56€,
- Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.106,28€,
- Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC.
- En situación de desempleo,
- Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE),
- En caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a:
- 1,5 veces la doceava parte del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar;
- 2 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;
- 2,5 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
Estos multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales:
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
- Que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor
- Para acreditar dicha condición de consumidor vulnerable, el consumidor debe remitir a un comercializador de referencia, a través de la dirección de correo electrónico que aparezca en su página web, el modelo de solicitud y declaración responsable que aparece en,
- Importante: esta nueva condición de consumidor vulnerable y, por tanto, el derecho a percibir el bono social, se extinguirá con fecha 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de la posibilidad de acogerse a dicha condición en cualquier momento anterior o posterior a esa fecha a las categorías permanentes de consumidores vulnerables.
- Para más información sobre medidas COVID implementadas visite
Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementa en 1 punto IPREM ( 8.106,28€ más).
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%,
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite la situación de violencia de género,
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga la condición de víctima de terrorismo,
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III,
- Que el consumidor acredite que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).
El artículo 10 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, recoge la aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética. Esta medida:
- Tiene carácter temporal y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023,
- Supone la aplicación de un descuento del 40% sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) para los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética.
Los consumidores titulares del punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual que, siendo personas físicas, estén acogidos al PVPC, podrán acogerse al bono social de justicia energética, si la renta del titular del punto de suministro, o en caso de formar parte de una unidad de convivencia, la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezca, sea igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas (16.212,56€) y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.159,42€).
Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia (entendiendo por unidad de convivencia lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre ).
Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 se incrementarán en la misma proporción y bajo los mismos criterios que los establecidos en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre,
- Para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos y solicitar la percepción del bono social, el consumidor remitirá a un comercializador de referencia el modelo de solicitud establecido en el anexo I de la Orden ETU/943/2016, de 6 de octubre, junto con la documentación acreditativa definida en el artículo 2 y, en su caso, en el artículo 3 de la precitada orden.
- Los consumidores finales de energía eléctrica a los que les resulte de aplicación este bono eléctrico de justicia energética no serán beneficiarios del bono social térmico,
- Importante: el bono social de justicia energética, se extinguirá con fecha 31 de diciembre de 2023 sin perjuicio de la posibilidad de acogerse a dicha condición en cualquier momento anterior o posterior a esa fecha a las categorías permanentes de consumidores vulnerables.
Solicitándolo, por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social.
Comercializadora de Referencia | Teléfono | Dirección web | Dirección postal | Fax | Correo Electrónico | App Bono Social | |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Endesa Energía XXI, S.L.U. | 800 760 333 | Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla | No disponible | ||||
Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U. | 900 200 708 | Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid | No disponible | ||||
Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A. | 900 100 502 | Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid | 932711990 | No disponible | No disponible | ||
Baser Comercializadora de Referencia, S.A. | 900 902 947 | Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo | 984115538 | No disponible | No disponible | ||
Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U. | 900 10 10 05 | Calle Isabel Torres nº 19 39011 Santander | 910911464 | No disponible | No disponible | ||
Comercializador de Referencia Energético, S.L.U. | 900 814 023 | Apartado de Correos: F.D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo | No disponible | No disponible | No disponible | ||
Teramelcor, S.L.* | 800 00 79 43 | Aptdo. Correos 6 52006 Melilla | 951481180 | No disponible | No disponible | ||
Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U.** | 900 106 004 | Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta | 956517684 | No disponible | No disponible |
Ámbito territorial Melilla. ** Ámbito territorial Ceuta, Información obtenida a partir del portal web de la,
- El bono social de electricidad le permitirá también disponer de facturas eléctricas más claras, «sin letra pequeña», en las que lo que se paga por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
- Los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (tras un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, resultará de aplicación el Suministro Vital (SV) durante 6 meses, tras el cual se podrá cortar el suministro, frente al plazo general de 2 meses desde la primera notificación de impago que resulta de aplicación para el resto de consumidores).
- Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.
: Bono Social de Electricidad
¿Qué ingresos se tienen en cuenta para el bono social?
Los ingresos que se tienen en cuenta para el Bono Social – Lo que se tiene en cuenta para el Bono Social es la renta anual, la cual debe estar declarada por la persona o unidad de convivencia solicitante. Esta unidad nuclea a todas las personas que vivan en el mismo domicilio y tengan un vnculo matrimonial o como pareja de hecho, o por un vnculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopcin. Bono Social: qu ingresos se tienen en cuenta (Pixabay) En cuanto a los ingresos se tiene en cuenta el Indicador Pblico de Renta de Efectos Mltiples (IMPREM) de 14 pagas, valuado en 8106,28 euros en 2022. Son considerados consumidores vulnerables quienes tengan una renta anual superior a 1,5 veces el IPREM, es decir, 12.159,42 euros,
- Cabe sealar que este lmite ser 0,3 veces mayor por cada persona mayor de edad que forme parte de la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad.
- Por otra parte, aquellos hogares que declaran ingresos por debajo del valor correspondiente a 2 veces el IPREM podrn solicitar el Bono Social Especial, tambin llamado Justicia Energtica, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
Tarifa de luz: cmo contratar el Precio Voluntario para el Pequeo Consumidor (PVPC) Precio de la luz: cules son los electrodomsticos que ms gastan electricidad y cmo ahorrar? Los hogares en los que el titular o todos los miembros del mismo con ingresos perciban alguna pensin mnima del Sistema de la Seguridad Social, tambin podrn acceder al Bono Social,
¿Cuánto tiempo dura el bono social de la luz?
El bono social de luz tiene una duración de 2 años. Pasado este periodo de tiempo, el usuario debe solicitar su renovación.
¿Cuál es la pensión mínima para solicitar el bono social?
Clientes vulnerables severos – Se considera que son clientes vulnerables severos las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:
- Renta: percibir una renta anual menor o igual al 50% de los umbrales de renta establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».
- Pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente): que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o por invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM (8.400 euros).
- Familias numerosas: aquellas con una renta anual inferior a 2 veces el IPREM (16.800 euros)
- Ingreso Mínimo Vital: si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
Desde el 20 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023, los beneficiarios del Bono Social en calidad de vulnerable severo ven ampliados los descuentos extraordinarios sobre los términos de energía (sujeto a un límite de consumo que se detalla más abajo) y potencia de su factura hasta el 80%.
¿Cómo saber si soy beneficiario del bono de luz 2022?
¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para acceder al Bono Electricidad? –
Ser usuario residencial del servicio de electricidad, con opciones tarifarias BT5B, BT5D y BT5E, con consumo promedio de hasta 125 kW.h/mes durante los meses comprendidos en el periodo marzo 2019 – febrero 2020, y no más de 150 kW.h de consumo promedio durante los meses de la estación de verano comprendidos en los meses de enero y febrero 2020. Ser usuario residencial del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo, registrados en el mes de marzo de 2020. Incluye los usuarios con Tarifas BT8 y Tarifa RER Autónoma.
¿Quién debe pagar el bono social?
¿Quién paga el bono social? –
- Por ley, el coste del bono social debe ser asumido por las empresas comercializadoras de energía eléctrica «de forma proporcional a la cuota de clientes a los que suministren energía eléctrica».
- El Gobierno debe establecer reglamentariamente el procedimiento y condiciones para la determinación del porcentaje de reparto.
- En cuanto al bono social de los consumidores vulnerables severos, el coste de su factura eléctrica debe ser cofinanciado por las Administraciones públicas y por las comercializadoras eléctricas y no se les podrá cortar el suministro por impago.
¿Cómo saber si soy consumidor vulnerable?
O tener una renta limitada – La renta anual es el principal criterio para acceder al bono social y encuadrarse en una u otra categoría. A la hora de fijar los límites económicos se tienen en cuenta el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de 14 pagas.
- No hay que confundir con los ingresos brutos.
- La renta anual es la suma de la base Imponible general y base imponible del ahorro, de la última declaración de la renta.
- Y solo se tiene en cuenta los ingresos de la unidad familiar fiscal del solicitante.
- Es decir no se consideran los ingresos de hijos mayores de edad u otros familiares que convivan.
Se considera consumidor vulnerable el hogar (la unidad familiar fiscal) cuyos ingresos no superen 1.5 veces el IPREM, si no hay menores, 2 veces el IPREM, si hay un menor, y 2,5 veces el IPREM en caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
¿Cómo saber si soy beneficiario del bono de luz 2022?
¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para acceder al Bono Electricidad? –
Ser usuario residencial del servicio de electricidad, con opciones tarifarias BT5B, BT5D y BT5E, con consumo promedio de hasta 125 kW.h/mes durante los meses comprendidos en el periodo marzo 2019 – febrero 2020, y no más de 150 kW.h de consumo promedio durante los meses de la estación de verano comprendidos en los meses de enero y febrero 2020. Ser usuario residencial del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo, registrados en el mes de marzo de 2020. Incluye los usuarios con Tarifas BT8 y Tarifa RER Autónoma.
¿Cómo saber si me toca el bono alimentario 2022?
¿CÓMO CONSULTAR SI SOY BENEFICIARIO DEL BONO ALIMENTARIO 2022? – Además de la plataforma que ha habilitado el Midis desde este lunes 31 de octubre del 2022, los beneficiarios del Bono alimentario pueden consultar más información llamando a la línea gratuita 101.
¿Cómo saber si soy beneficiario del bono Yanapay 2022?
Para conocer si eres o no beneficiario del Bono Alimentario de S/ 270, puedes hacerlo de dos formas. Primero, a través de la línea gratuita 101, la cual estará disponible de lunes a sábado de 8.30 a.m. a 5.30 p.m. (incluido feriados y días no laborables). La segunda opción es ingresar al link de la web oficial.