Los bonos pensionales son recursos que sirven para el financiamiento de las pensiones que otorga, el Régimen de Ahorro Individual administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones Privados, la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES, el Fondo de Previsión Social del Congreso FONPRECON, y ECOPETROL
¿Cuál es el valor del bono pensional?
¿Cómo se calcula el bono pensional? – La forma de calcular el bono pensiona depende de la modalidad del bono, de la fecha en que te trasladaste al fondo privado y de las semanas cotizadas, entre otros factores. Pero ten en cuenta que para una información mucho más específica es necesario que te contactes con tu administradora de fondos de pensiones.
Si eres modalidad 1, lo que se tiene en cuenta es tu ingreso salarial en promedio (mes a mes) y luego se traen esos valores a lo que valdrían en el presente. Después, se saca un promedio y se le aplica la tasa de rentabilidad del seguro (RISS). Si eres modalidad 2, no se tiene en cuenta un promedio salarial, sino que se toma el salario que devengabas al 30 de junio de 1992, el número de semanas cotizadas, y los rendimientos.
Para los rendimientos debes saber que si te trasladaste antes del 1° de enero de 1999 te aplica el IPC + 4 puntos, y si te trasladaste después de esa fecha, se aplica el IPC + 3 puntos. (Decreto 1748 o 1513). *El Índice de Precios al Consumidor (IPC) significa todas las variaciones de precios de los bienes que adquieren normalmente los consumidores del país, es el principal instrumento para la cuantificación de la inflación y su cálculo mensual es responsabilidad del DANE.
¿Qué se debe hacer para reclamar el bono pensional?
Para poder reclamar el bono pensional, se deben cumplir ciertos requisitos. Entre estos se encuentran, haber cotizado por lo menos 150 semanas, es decir tres años a Colpensiones o a otro fondo público; tener 60 años para las mujeres y 62 para los hombres.
¿Cuántas clases de bonos pensionales existen en Colombia?
Bono Pensional: Clases de Bonos Pensionales – A continuación se describen las diferentes clases de bonos pensionales existentes:
Bono Tipo A: Cuando se trasladan afiliados al Régimen de Ahorro Individual (AFP). Se expiden a aquellas personas que se trasladan del RPM (régimen pensional de prima media), a un fondo privado de pensiones
- Bono tipo A Modalidad 1: aplica para los Trabajadores que iniciaron su vida laboral despues del 1° de julio de 1992.
- Bono tipo A Modalidad 2: aplica para los trabajadores que iniciaron su vida laboral antes del 1° de julio de 1992.
- Bono Tipo B: Cuando se trasladan servidores públicos al régimen de prima media administrado por el ISS. Estos son exclusivos del RPM y correspondes a aportes efectuados a otras cajas o fondos diferentes al RPM de servidores públicos por tiempos laborados en entidades publicas que no le aportaron al RPM.
- Bono Tipo C: Aplica para traslados del Fondo de Previsión Social del Congreso.Tarjetas de crédito para reportados. Se reconocen a favor del fondo de previsión del congreso, por aquellas personas que estando en el RPM, se trasladaron o afiliaron al congreso.
- Bono Tipo E: Por traslado a Ecopetrol. Se reconoce a favor de Ecopetrol, por aquellas personas que estando en el RPM, se trasladaron o afiliaron a Ecopetrol.
- Bono Tipo T: Son expedidos por los fondos de pensiones públicas con destino al ISS, y buscan financiar las pensiones del régimen de transición, hasta la fecha en que el afiliado cumpla los requisitos para acceder a la pensión de vejez. Son exclusivos del régimen de prima media con prestación definida, para cubrir el diferencial existente entre las condiciones previstas en los regímenes legales a los servidores públicos.
¿Quién no tiene derecho al bono pensional?
¿Quién tiene derecho a beneficiarse del bono pensional y cómo se tramita el proceso? Muchos colombianos no saben que, si han cotizado sus semanas laboradas en Colpensiones, cajas de compensación, empresas públicas o privadas, y quieren pasarse a un fondo de pensión privado (Protección, Porvenir, Colfondos y Skandia), también tiene derecho a recibir un bono pensional,
- Este título de valor representa, en tiempo y dinero, los aportes que el afiliado efectuó.
- Su valor sirve para integrar o aumentar el capital del trabajador a su Cuenta de Ahorro Individual (CAI) con la que se financiará la pensión.
- El bono pensional genera intereses para el afiliado desde el momento en que se traslada por primera vez a Protección; por ejemplo, hasta el momento en que las entidades paguen el bono.
Si el afiliado se trasladó antes del 31 de diciembre de 1998, se reconocerá una rentabilidad del IPC + 4%. Si se trasladó después de esta fecha, será del IPC + 3%», manifestó Juan David Correa, presidente de Protección. La ley estipula que la edad en la que el bono se hace efectivo es, en el caso de los hombres, a los 62 años, y en el de las mujeres, a los 60 años.
Para las pensiones de invalidez y sobrevivientes se hace efectivo al momento que ocurra la invalidez o muerte del cotizante. ¿Quién tiene derecho a este beneficio? Aquellas personas que hayan cotizado 150 semanas, equivalentes a tres años, al Régimen Pensional de Prima Media con prestación definida y con anterioridad a la vinculación a un fondo privado de pensiones.
Aunque el emisor y pagador de bonos pensionales es la Nación a través de la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (OBP), también existen bonos pensionales cuyo reconocimiento se encuentra a cargo de diferentes entidades públicas. «Las AFP tienen la responsabilidad de adelantar las gestiones administrativas para que los empleadores públicos y privados reporten la información oficial de la historia laboral de sus trabajadores. De esta manera se podrá solicitar a la OBP o emisor del bono pensional, su liquidación y pago.
- Deben dar a conocer a sus afiliados la información de su historia laboral con el fin de confirmar la consistencia de la misma», manifestó María Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales en Porvenir.
- Entendiendo que este historial es el documento que sirve de guía para la reconstrucción de los vínculos laborales y aportes pensionales, tanto en el régimen público como en el privado, las AFP recomiendan realizar un seguimiento constante a esta información y no hacerlo solo cuando se esté cerca de la edad de jubilación.
«Más que el trámite, lo dispendioso es consolidar los trabajos en los que estuvo cuando hay, por ejemplo, entidades públicas que no le aportaban al Instituto de Seguros Sociales (ISS)», dijo Jenny Aguirre, vicepresidente de operaciones de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos).
Si desea retirarse anticipadamente, es necesario negociar el bono pensional. Allí se tendrán en cuenta factores como tasas de descuento, el valor del cheque y el tiempo que te falte para la redención normal. Los requisitos para jubilarse en cada régimen Si está ahorrando para su pensión, es clave que conozca cuántas semanas tiene cotizadas.
Para acceder a una mesada pensional en el Régimen de Prima Media (RPM), el cual es administrado por Colpensiones, los afiliados deben tener 62 años, en el caso de los hombres, y 57 años en el de las mujeres. También hay que cotizar 1.300 semanas; es decir, cerca de 26 años.
¿Cómo se obtiene el bono de 500 mil pesos?
Así consultas si eres beneficiario de este bono de $500.000 – Alrededor de 2 millones de personas en situación de vulnerabilidad y pobreza extrema en todo el país, recibirán este pago extraordinario orientado a personas que ya tenían cobertura con subsidios del Gobierno (Ingreso Solidario, Jóvenes en Acción y Familias en Acción) y a nuevos hogares que no cobraban estas ayudas económicas.
Ingresa aquí a la página web de Ingreso Solidario. Dale clic al botón ‘Autentíquese y consulte si es beneficiario con GOV.CO’, ubicado en la parte superior derecha de la página. Ingresa tu número de documento de identidad y haz clic en ‘Continuar’. Regístrate en el Servicio de Autenticación Digital e inicia sesión. Dale clic al botón ‘Consulta de giros y estados’ y el sistema te mostrará la información relacionada con tu hogar.